Transparencia | Artículo 143 (histórico)

Transparencia | Artículo 143 (histórico)

Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

 

Capítulo III
De las obligaciones de transparencia específicas de los Sujetos Obligados

Sección Segunda
Órganos Políticos Administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales

 Artículo 143. Toda información que brinden los sujetos obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:
I. Tipo de Obra
II. El lugar;
III. El plazo de ejecución;
IV. El monto (el original y el final);
V. Número de beneficiados;
VI. La identificación del sujeto obligado ordenador y responsable de la obra;
VII. El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y
VIII. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto ambiental y sísmico.

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Ubicación

Municipio Libre esq. División del Norte, Col. Santa Cruz Atoyac, CDMX.

Centro de Soluciones:
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Teléfono

Alcaldía: 55 8958 4000
Emergencias: 800 050 0225
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UT

División del Norte No. 1611, Colonia Santa Cruz Atoyac, C.P. 03310. CDMX.
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5422-5300, Ext. 5535.
Lun-Vie 9:00 a 15:00 horas.

Responsables de la UT y de atención al público

Lesslie Yesenia Rosas Viveros
Responsable de la Unidad de Transparencia
5422-5300, Ext. 5598.

Atención al Público

María de los Ángeles García Huerta
Humberto González Aguilar