SCJN concede a la Alcaldía Benito Juárez suspensión derivado de la interposición de controversia constitucional presentada por invasión de facultades

Oct 15, 2021

En relación a la controversia constitucional presentada por la Alcaldía Benito Juárez el pasado mes de septiembre, anunciada por el alcalde Santiago Taboada, respecto al acuerdo de facilidades administrativas emitido por el Gobierno de la Ciudad que invadía atribuciones exclusivas de los alcaldes en cuanto a la realización de proyectos de construcción en vías primarias y de acceso controlado en la Ciudad de México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó a la demarcación la suspensión en contra de esta disposición.

La Alcaldía presentó este recurso, ya que el acuerdo no solo representaba una invasión a las facultades de los alcaldes en esta materia, sino también un potencial riesgo de que los actos administrativos que realiza la Alcaldía puedan ser impugnados sustentando la acción legal en el “otorgamiento” de una autorización emitida por el Gobierno de la Ciudad de México; aunado al hecho de no representar una facilidad para los desarrolladores, en razón de que se les impone un trámite adicional a los ya requeridos.

Por ello, la demarcación seguirá ejerciendo sus facultades sin considerar los efectos del acuerdo controvertido, siendo la Alcaldía la que autorice, de forma exclusiva, el inicio de cualquier proyecto constructivo.

Este 14 de octubre la SCJN publicó el acuerdo de admisión de las controversias, así como la suspensión de los efectos y consecuencias del acuerdo impugnado, con fundamento en el Artículo 4° de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Cabe destacar que la Ley Orgánica de Alcaldías, en su Artículo 32, señala que los titulares de las demarcaciones tienen la facultad exclusiva para registrar las manifestaciones de obra y expedir las autorizaciones, permisos, licencias de construcción de demoliciones, entre otras.